La revisión técnico-mecánica es uno de los requisitos obligatorios más importantes para circular legalmente por las vías colombianas. Sin embargo, existe un caso específico en el que los agentes de tránsito no pueden imponer multas a los conductores por no tener este documento al día. Te explicamos cuándo aplica esta excepción y qué dice la normativa vigente.
¿Por Qué es Obligatoria la Técnico-Mecánica?
Para circular legalmente por el territorio nacional, todo conductor debe cumplir con las normativas establecidas en el Código Nacional de Tránsito. Este código exige documentación mínima obligatoria que certifique tanto la identidad del conductor como el estado mecánico del vehículo.
La revisión técnico-mecánica es fundamental porque valida que el automótor cumple con estándares de seguridad y límites de emisiones contaminantes. No tener este documento actualizado genera las sanciones contempladas en la ley.
Multas por No Tener la Revisión al Día
El incumplimiento de este requisito es considerado una infracción que puede representar costos significativos para el propietario del vehículo. Las multas por circular sin técnico-mecánica vigente están expresadas en Unidades de Valor Básico (UVB) y pueden oscilar entre $633,200 y $1,266,100, dependiendo de la gravedad de la infracción.
Además del impacto económico directo, las autoridades de tránsito tienen la facultad legal de inmovilizar el carro o la moto cuando detectan esta irregularidad, lo que incrementa considerablemente los gastos por servicios de grúa y almacenamiento en patios.
El Caso Excepcional: Cuándo No Pueden Multarte
Aunque la técnico-mecánica es obligatoria, existe una situación específica en la que los agentes de tránsito no pueden imponer sanciones ni inmovilizar el vehículo por no presentar este documento.
Según lo establecido por el Ministerio de Transporte, la imposición del comparendo por no tener revisión técnico-mecánica solo es viable cuando el vehículo está en circulación activa por las vías públicas.
La clave está en el momento de la verificación: la sanción no tiene validez si se solicita únicamente mediante consulta de los registros contenidos en el sistema RUNT, sin que exista tránsito real del vehículo.
Para que la multa sea legalmente procedente, el carro o la motocicleta deben estar andando, según lo expresado por la autoridad en el Radicado MT No: 20251341613391.
¿Qué Significa Esto en la Práctica?
La legislación vigente no habilita la imposición de sanciones por el simple hecho de que un vehículo se encuentre registrado en el RUNT sin revisión técnico-mecánica vigente, si no hay evidencia de que el automotor se encontraba transitando al momento de detectarse la infracción.
En otras palabras, no es posible que se impongan comparendos únicamente consultando los registros del sistema RUNT sin verificar físicamente que el vehículo esté circulando o en tránsito activo.
Esto significa que si tu vehículo está parqueado, guardado en tu garaje o simplemente no está siendo utilizado en vías públicas, los agentes no pueden multarte exclusivamente por verificar en el sistema que no tienes la técnico-mecánica actualizada.
Recomendaciones para los Conductores
A pesar de esta excepción legal, es fundamental que todos los propietarios de vehículos mantengan su documentación al día. La revisión técnico-mecánica anual no es solo un trámite burocrático, sino una verificación esencial del estado mecánico y de emisiones contaminantes de tu vehículo.
Circular sin este documento expone a sanciones económicas considerables y a la inmovilización del vehículo cuando efectivamente se está transitando por las vías públicas. Además, garantizar el buen estado mecánico de tu carro o moto contribuye a tu seguridad y la de todos los usuarios de las vías.
Mantente informado sobre tus derechos y obligaciones como conductor. En FullCaro te mantenemos actualizado sobre las normativas de tránsito en Colombia.
Fuentes de información:
- Ministerio de Transporte de Colombia
- https://www.mintransporte.gov.co
- (Fuente del Radicado MT No: 20251341613391 mencionado en el artículo)
- Código Nacional de Tránsito
- https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=5557
- (Ley 769 de 2002 – Normativa de tránsito vigente)
- RUNT – Registro Único Nacional de Tránsito
- https://www.runt.com.co
- (Sistema oficial de consulta de vehículos)
- Superintendencia de Transporte