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Ley 2252 de 2022: no pueden multarte por parquear si la zona no está señalizada

Si te pusieron un comparendo por parquear en una «zona prohibida» pero en el sitio no había ninguna señal ni demarcación, tienes con qué defenderte. Desde 2022 la ley es clara: sin señalización, esa multa carece de validez.

La regla está en la Ley 2252 del 14 de julio de 2022, que modificó el artículo 112 del Código Nacional de Tránsito (Ley 769 de 2002) precisamente para frenar los comparendos arbitrarios por estacionar en zonas que nunca se marcaron.

¿Qué cambió con la Ley 2252 de 2022?

El objetivo de la ley es expreso: evitar arbitrariedades como imponer comparendos por parquear en zonas no señalizadas y designar zonas de prohibición de parqueo de manera injustificada e indiscriminada.

Antes, bastaba con que un agente afirmara que el sitio era «zona prohibida». Ahora, la prohibición tiene que estar visible y demarcada para que la multa sea válida.

La regla clave: toda zona de prohibición debe estar señalizada

El nuevo texto del artículo 112 no deja espacio a dudas:

«Toda zona de prohibición deberá estar expresamente señalizada y demarcada en su sitio previa decisión del funcionario de tránsito competente. […] Carecerá de validez la imposición de comparendos por estacionar en zona prohibida cuando, fuera de los casos previstos en el código, en el lugar no exista la señalización prevista en el presente artículo.»

— Artículo 112 de la Ley 769 de 2002, modificado por la Ley 2252 de 2022

En términos simples: si no hay señal ni demarcación, no hay multa válida (salvo las excepciones que veremos abajo).

No hay zonas prohibidas «permanentes» sin justificación

La ley también puso límites a las prohibiciones eternas. No se pueden establecer zonas de prohibición permanentes, salvo por razones de seguridad debidamente justificadas. En los demás casos, la señalización debe indicar los días y las horas en las que opera la prohibición.

Es decir: una señal genérica sin horario, en una zona donde no hay un motivo de seguridad claro, no puede convertirse en una trampa permanente para el conductor.

Las excepciones: lo que el código ya prohíbe sin señal

Ojo con este punto, porque es donde muchos se confunden. La Ley 2252 exceptúa las zonas cuyas normas de prohibición ya están descritas en el propio Código Nacional de Tránsito. Esos lugares no necesitan señal para que la prohibición aplique.

Son los sitios que la ley considera peligrosos por sí mismos, como los que enumera el artículo 76 del código: puentes, túneles, curvas, cruces e intersecciones, sobre los andenes, frente a hidrantes o entradas de bomberos, en doble fila, entre otros. Ahí sí te pueden sancionar aunque no haya un aviso, porque la prohibición nace de la ley.

¿Qué hacer si te multan sin señalización?

  1. Documenta el lugar: toma fotos y video que muestren que no había señal ni demarcación de prohibición donde estacionaste.
  2. Verifica que no sea una excepción del código: confirma que el sitio no es de los que el artículo 76 prohíbe por sí mismos (puente, curva, andén, hidrante, etc.).
  3. Firmar no es aceptar: al recibir el comparendo, deja por escrito que en el lugar no existía la señalización que exige el artículo 112.
  4. Solicita audiencia: dentro del término que indica el comparendo, pide audiencia ante el organismo de tránsito y presenta tus pruebas.
  5. Cita la Ley 2252 de 2022: el comparendo «carece de validez» cuando no hay señalización, según el propio texto del artículo 112.

Ojo: esto no es permiso para parquear donde sea

La Ley 2252 no te autoriza a estacionar en cualquier parte. Su propósito es evitar multas arbitrarias en zonas sin señal, no eliminar las prohibiciones legítimas. Si el sitio está debidamente señalizado, o si es uno de los lugares que el código prohíbe por seguridad, la multa sí procede. Usa siempre el sentido común y evita obstruir la movilidad.

Conoce tus derechos como conductor

Este cambio se suma a otras herramientas para defenderte de multas mal impuestas. Te puede servir entender qué son las señales de tránsito y cómo se clasifican, revisar lo que un agente de tránsito no puede hacer y saber cómo impugnar un comparendo paso a paso. Y si además se llevaron tu carro a los patios, conoce tus derechos frente a la grúa y el inventario del vehículo.

Para más información sobre tus derechos como conductor en Colombia, visita nuestra sección de normatividad.

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Ricardo Sánchez Tovar
Periodista automotriz · Fullcarro · 5 años de experiencia · Fullcarro

Periodista especializado en automovilismo y movilidad en Fullcarro, el ecosistema automotriz de referencia en LATAM.

13+ artículos publicados 5 años en la industria Contenido editorial verificado Redacción Fullcarro

Ricardo Sánchez Tovar

Contenido editorial publicado en Full Carro , ecosistema digital especializado en el sector automotor.

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