¿Presentaste un derecho de petición ante la autoridad de tránsito y no te han respondido? ¿Han pasado semanas o meses sin recibir una respuesta clara y de fondo? La acción de tutela es tu herramienta constitucional para exigir que se respete tu derecho fundamental de petición. En Colombia, ninguna autoridad puede ignorar tus solicitudes.
¿Qué es el derecho de petición?
El derecho de petición es un derecho fundamental consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política que permite a cualquier persona presentar solicitudes respetuosas ante las autoridades y recibir una respuesta pronta, oportuna y de fondo.
Características del derecho de petición:
- Es un derecho fundamental de aplicación inmediata
- No requiere abogado para ejercerlo
- La respuesta debe ser clara, precisa y de fondo
- Tiene términos establecidos que las autoridades deben cumplir
Plazos legales para responder derechos de petición
Según el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo), los términos son:
15 días hábiles – Peticiones generales
- Solicitudes de información
- Consultas sobre trámites
- Peticiones de interés general o particular
- Solicitudes de documentos
10 días hábiles – Peticiones ante entidades de seguridad social
- Servicios de salud
- Pensiones
- Riesgos laborales
30 días hábiles – Peticiones que requieren estudios previos
- Cuando se necesita concepto de otra entidad
- Cuando se requieren estudios técnicos complejos
- La entidad debe informar al peticionario sobre esta prórroga
Inmediato o máximo 10 días – Derechos que generan riesgo
- Cuando la demora pueda afectar derechos fundamentales
- Situaciones de urgencia
- Riesgo inminente de perjuicio irremediable
¿Cuándo procede la acción de tutela?
Puedes presentar acción de tutela contra la autoridad de tránsito cuando:
No han respondido tu derecho de petición:
- Han pasado más de 15 días hábiles sin respuesta alguna
- Han transcurrido 30 días hábiles si informaron prórroga
- Incumplimiento total de su deber de responder
Respuesta evasiva o incompleta:
- Te respondieron pero no de fondo
- La respuesta no aborda lo solicitado
- Te remiten a otra entidad sin fundamento
- Respuestas genéricas sin resolver tu caso específico
Respuesta extemporánea:
- Respondieron después del término legal
- La tardanza afectó tus derechos o intereses
No atienden requerimientos:
- Solicitaste información adicional y no la entregan
- Pidieron documentos que ya presentaste
- No dan claridad sobre el estado de tu solicitud
Afectación de otros derechos fundamentales:
- Por la falta de respuesta se afecta tu trabajo
- Se impide realizar trámites urgentes
- Genera perjuicios económicos o personales
Requisitos de procedibilidad de la tutela
Antes de presentar tutela, verifica estos requisitos:
1. Haber presentado el derecho de petición
- Debes tener el radicado que demuestre que lo presentaste
- Conserva copia del derecho de petición presentado
- Documenta la fecha de presentación
2. Vencimiento del término legal
- Deben haber pasado más de 15 días hábiles (o 30 con prórroga)
- Cuenta solo días hábiles (lunes a viernes, sin festivos)
3. Inmediatez
- Presenta la tutela dentro de un tiempo razonable
- No dejes pasar meses después del vencimiento del término
- Máximo 6 meses después del vencimiento del plazo
4. Legitimación
- Debes ser quien presentó el derecho de petición
- O representar legalmente a quien lo presentó
- O actuar como agente oficioso en casos especiales
Fundamentos legales de la tutela por derecho de petición
Constitución Política – Artículo 23: «Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.»
Constitución Política – Artículo 86: Establece la acción de tutela como mecanismo de protección de derechos fundamentales.
Decreto 2591 de 1991: Reglamenta la acción de tutela y su procedimiento.
Ley 1437 de 2011 – Artículos 13 a 33: Regula el derecho de petición y los términos para responder.
Sentencia T-595 de 2021 – Corte Constitucional: Establece que el derecho de petición debe recibir respuesta clara, precisa, oportuna y de fondo.
Modelo de acción de tutela por no respuesta
A continuación, un modelo completo que puedes adaptar:
👉 Descargar modelo Acción de Tutela por No Respuesta a Derecho de Petición
[Ciudad], [Fecha]
Señor(a) Juez
JUZGADO [CIVIL / ADMINISTRATIVO / PROMISCUO] [MUNICIPAL / CIRCUITO]
[Ciudad]
Referencia: Acción de Tutela por vulneración del derecho fundamental de petición
Accionante: [TU NOMBRE COMPLETO]
Accionado: [SECRETARÍA DE MOVILIDAD / ORGANISMO DE TRÁNSITO]
Respetado(a) señor(a) Juez:
Yo, [NOMBRE COMPLETO], identificado(a) con cédula de ciudadanía No. [NÚMERO] expedida en [CIUDAD], mayor de edad, domiciliado(a) en [CIUDAD], actuando en nombre propio [o: en representación de…], acudo ante su despacho para instaurar ACCIÓN DE TUTELA en contra de [NOMBRE DEL ORGANISMO DE TRÁNSITO], por la vulneración de mi derecho fundamental de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política, con fundamento en los siguientes:
I. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
ACCIONANTE (Quien solicita la protección)
Nombre: [NOMBRE COMPLETO]
Documento de identidad: C.C. No. [NÚMERO] de [CIUDAD]
Dirección: [DIRECCIÓN COMPLETA]
Teléfono: [NÚMERO]
Correo electrónico: [CORREO]
ACCIONADO (Contra quien se dirige la tutela)
Entidad: [NOMBRE COMPLETO DEL ORGANISMO DE TRÁNSITO]
Representante legal: [NOMBRE DEL SECRETARIO/DIRECTOR]
Dirección: [DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD]
Ciudad: [CIUDAD]
II. HECHOS QUE GENERAN LA VULNERACIÓN
PRIMERO: El día [FECHA DE PRESENTACIÓN], presenté derecho de petición ante [NOMBRE DEL ORGANISMO], debidamente radicado bajo el número [NÚMERO DE RADICADO], mediante el cual solicité:
[Describir brevemente el objeto del derecho de petición, por ejemplo:]- La anulación del comparendo No. [NÚMERO] por indebida notificación
- La declaratoria de caducidad del comparendo No. [NÚMERO]
- La prescripción de la obligación de pagar el comparendo No. [NÚMERO]
- Información sobre el estado del proceso sancionatorio No. [NÚMERO]
- [Tu solicitud específica]
SEGUNDO: En dicho derecho de petición, fundamenté clara y ampliamente mi solicitud con base en:
- [Los hechos específicos de tu caso]
- [Las normas legales aplicables]
- [Las pruebas adjuntas]
- [Los derechos vulnerados]
TERCERO: Según el artículo 14 de la Ley 1437 de 2011, la entidad accionada tiene el término de 15 días hábiles para dar respuesta de fondo a mi petición, contados a partir de su recibo.
CUARTO: Desde la fecha de radicación ([FECHA]) hasta el día de hoy ([FECHA ACTUAL]) han transcurrido [NÚMERO DE DÍAS HÁBILES] días hábiles, superando ampliamente el término legal establecido.
QUINTO: [Seleccionar según tu caso:]
OPCIÓN A – Sin respuesta alguna: A pesar del tiempo transcurrido, la entidad accionada NO HA DADO RESPUESTA ALGUNA a mi solicitud, vulnerando flagrantemente mi derecho fundamental de petición y dejándome en estado de indefensión.
OPCIÓN B – Respuesta evasiva: La entidad dio respuesta mediante oficio No. [NÚMERO] del [FECHA], pero dicha respuesta es EVASIVA E INCOMPLETA, pues no resuelve de fondo lo solicitado, limitándose a [describir el contenido de la respuesta evasiva: hacer referencias genéricas / remitir a otra entidad / solicitar documentos ya aportados / etc.].
OPCIÓN C – Respuesta extemporánea: La entidad respondió mediante oficio No. [NÚMERO] del [FECHA], es decir, [NÚMERO] días hábiles después del término legal, cuando mi situación ya había generado los siguientes perjuicios: [describir perjuicios].
SEXTO: He realizado las siguientes actuaciones para obtener respuesta:
- [Fecha:] Presenté el derecho de petición inicial
- [Fecha:] [Si aplica: Envié derecho de petición recordatorio]
- [Fecha:] [Si aplica: Acudí personalmente a las instalaciones]
- [Fecha:] [Si aplica: Envié correo electrónico solicitando respuesta]
SÉPTIMO: La omisión [o respuesta inadecuada] de la entidad accionada me ha generado los siguientes perjuicios:
[Describir perjuicios específicos, por ejemplo:]- Imposibilidad de realizar el traspaso de mi vehículo, perdiendo un negocio
- Imposibilidad de renovar mi licencia de conducción
- Impedimento para matricular el vehículo
- Acumulación de intereses moratorios injustos
- Incertidumbre jurídica sobre mi situación
- Afectación a mi derecho al trabajo [si el vehículo es tu herramienta de trabajo]
- [Otros perjuicios concretos y demostrables]
OCTAVO: No existe otro mecanismo de defensa judicial que sea igualmente eficaz para la protección inmediata de mi derecho fundamental de petición, razón por la cual acudo a la acción de tutela como único mecanismo idóneo y eficaz.
NOVENO: Esta acción de tutela se presenta de manera oportuna, dentro del principio de inmediatez, pues la vulneración del derecho [es continua / ocurrió hace menos de 6 meses] y requiere protección inmediata.
III. DERECHOS FUNDAMENTALES VULNERADOS
1. DERECHO DE PETICIÓN (Artículo 23 C.P.)
La Corte Constitucional ha establecido de manera reiterada que el derecho de petición comprende:
a) Derecho a obtener respuesta: No basta con que la autoridad acuse recibo, debe resolver de fondo lo solicitado.
b) Respuesta oportuna: Dentro de los términos legales establecidos (15 días hábiles para peticiones generales).
c) Respuesta clara y precisa: Que sea comprensible y específica sobre lo solicitado.
d) Respuesta de fondo: Que se pronuncie sobre lo pedido, no evasivas o remisiones injustificadas.
e) Respuesta congruente: Que guarde relación directa con lo solicitado.
f) Respuesta que se comunique: Que sea notificada al peticionario.
En el presente caso, la entidad accionada ha violado [todos / algunos] de estos elementos al [no responder / responder evasivamente / responder extemporáneamente].
2. DERECHO AL DEBIDO PROCESO (Artículo 29 C.P.) [Si aplica]
[Si tu caso involucra un proceso sancionatorio:] El derecho al debido proceso implica que toda actuación administrativa debe surtirse dentro de términos razonables. La falta de respuesta a mi derecho de petición sobre [el comparendo / la sanción / etc.] vulnera mi derecho a una resolución oportuna de mi situación jurídica.3. DERECHO AL TRABAJO [Si aplica]
[Si el vehículo es tu herramienta de trabajo:] La falta de respuesta me impide [realizar el traspaso del vehículo / matricularlo / renovar licencia], lo cual afecta directamente mi derecho al trabajo, pues el vehículo constituye mi herramienta de labor como [taxista / conductor de aplicativo / transportador / etc.].4. DERECHO A LA SEGURIDAD JURÍDICA
La ausencia de respuesta me mantiene en un estado de incertidumbre sobre mi situación jurídica, sin saber si mi solicitud será acogida, negada o requiere actuaciones adicionales.
IV. FUNDAMENTOS JURÍDICOS
CONSTITUCIÓN POLÍTICA – ARTÍCULO 23: «Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución. El legislador podrá reglamentar su ejercicio ante organizaciones privadas para garantizar los derechos fundamentales.»
CONSTITUCIÓN POLÍTICA – ARTÍCULO 86: Consagra la acción de tutela como mecanismo de protección inmediata de derechos fundamentales cuando resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública.
DECRETO 2591 DE 1991 – ARTÍCULO 1: «Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.»
LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 14: Establece los términos para resolver las peticiones: 15 días hábiles para peticiones generales, bajo sanción de pérdida de competencia y responsabilidad disciplinaria del funcionario.
LEY 1437 DE 2011 – ARTÍCULO 17: «Las peticiones de interés general o particular formuladas por escrito y dirigidas a la administración pública o sus servidores deberán ser resueltas de fondo.»
JURISPRUDENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL:
Sentencia T-595 de 2021: Reiteró que el derecho de petición exige respuesta clara, precisa, oportuna y de fondo.
Sentencia T-268 de 2021: Estableció que las respuestas evasivas o que no resuelven lo solicitado configuran vulneración del derecho de petición.
Sentencia T-413 de 2019: Determinó que el silencio administrativo constituye vulneración del derecho fundamental de petición y justifica la procedencia de la acción de tutela.
Sentencia SU-398 de 2019: Unificó criterios sobre cuándo procede la tutela por vulneración del derecho de petición, estableciendo que la respuesta debe ser oportuna, clara, congruente y de fondo.
Sentencia T-158 de 2006: «El derecho de petición no se agota con la sola presentación de la solicitud ante la autoridad, ni con la respuesta de esta última, sino que implica necesariamente que la respuesta sea oportuna, es decir, que se emita dentro de los términos establecidos por la ley, y de fondo, esto es, que resuelva de manera clara y precisa aquello que ha sido solicitado.»
V. PRETENSIONES
Respetuosamente solicito al señor(a) Juez que al fallar de fondo esta acción de tutela se sirva:
PRIMERA: TUTELAR mi derecho fundamental de petición, vulnerado por [NOMBRE DEL ORGANISMO ACCIONADO] al [no responder / responder evasivamente / responder extemporáneamente] la solicitud radicada bajo el número [NÚMERO DE RADICADO] del [FECHA].
SEGUNDA: ORDENAR a la entidad accionada que, dentro de las CUARENTA Y OCHO (48) HORAS siguientes a la notificación de la sentencia de tutela, dé respuesta CLARA, PRECISA, OPORTUNA Y DE FONDO a mi derecho de petición.
TERCERA: ORDENAR que la respuesta se pronuncie específicamente sobre:
- [Punto 1 de tu solicitud]
- [Punto 2 de tu solicitud]
- [Punto 3 de tu solicitud]
- [Etc.]
CUARTA: ADVERTIR a la entidad accionada que el incumplimiento de lo ordenado en la sentencia de tutela configurará desacato, lo cual es sancionable con arresto hasta por seis (6) meses y multa hasta de veinte (20) salarios mínimos mensuales, según el artículo 52 del Decreto 2591 de 1991.
QUINTA: ORDENAR que se compulsen copias a la Procuraduría General de la Nación para que investigue la conducta de los funcionarios responsables de la vulneración de mi derecho fundamental, por posible falta disciplinaria.
SEXTA: [Si aplica:] ORDENAR que, mientras se resuelve de fondo mi solicitud, se SUSPENDAN las actuaciones de cobro coactivo, restricciones para trámites, o cualquier otra medida que me esté afectando derivada del comparendo objeto de mi derecho de petición.
SÉPTIMA: Que la sentencia sea NOTIFICADA PERSONALMENTE tanto al accionante como al representante legal de la entidad accionada.
VI. PRUEBAS
Solicito se tengan como pruebas y se agreguen al expediente:
- Copia del derecho de petición presentado con sello de radicado y fecha de recibo
- Fotocopia de mi cédula de ciudadanía
- [Si aplica:] Copia de la respuesta evasiva o extemporánea recibida
- [Si aplica:] Copia del derecho de petición recordatorio presentado
- [Si aplica:] Comunicaciones entre el accionante y la entidad (correos, oficios, etc.)
- Certificado de antecedentes de tránsito o consulta del RUNT donde consta el comparendo
- [Si aplica:] Documentos que demuestren los perjuicios: contratos frustrados, constancias laborales, certificaciones, etc.
- Prueba del cómputo de términos: Cálculo de días hábiles transcurridos
- [Si aplica:] Fotografías o capturas de pantalla del estado del trámite en línea
- Cualquier otro documento pertinente para demostrar la vulneración
TESTIMONIALES: [Si aplica:] Solicito se practique testimonio de:
- [Nombre], identificado con C.C. [número], quien puede declarar sobre [hechos específicos]
INSPECCIÓN JUDICIAL: [Si aplica:] Solicito se practique inspección judicial a las instalaciones de la entidad accionada para verificar [situación específica].
VII. COMPETENCIA
Este honorable Juzgado es competente para conocer de la presente acción de tutela, de conformidad con el Decreto 2591 de 1991, por tratarse de una acción dirigida contra una autoridad pública [y por ser el juez del lugar donde ocurrió la vulneración / donde tiene domicilio el accionante].
VIII. JURAMENTO
Bajo la gravedad del juramento manifiesto que:
- No he presentado otra acción de tutela por los mismos hechos y derechos ante otro juez
- Los hechos narrados son ciertos y verificables
- Actúo de buena fe y sin ánimo de defraudar a la justicia
- No conozco fallo de tutela anterior relacionado con los mismos hechos
IX. SOLICITUD DE FALLO INMEDIATO
Por tratarse de la vulneración del derecho fundamental de petición, el cual tiene carácter de aplicación inmediata, y considerando que los hechos son manifiestos y no requieren mayor actividad probatoria, solicito respetuosamente que se profiera fallo de tutela dentro de los 10 días siguientes a la admisión de la presente acción, según lo establecido en el artículo 29 del Decreto 2591 de 1991.
X. NOTIFICACIONES
ACCIONANTE:
Recibiré notificaciones en:
- Dirección: [DIRECCIÓN COMPLETA]
- Correo electrónico: [CORREO]
- Teléfono: [NÚMERO]
ACCIONADO:
[NOMBRE DEL ORGANISMO]
- Dirección: [DIRECCIÓN DE LA ENTIDAD]
- Correo electrónico: [SI LO CONOCES]
Del señor(a) Juez espero la protección de mis derechos fundamentales constitucionales.
Atentamente,
[FIRMA]
[NOMBRE COMPLETO]
C.C. No. [NÚMERO]
NOTA: Adjunto [NÚMERO] folios que corresponden a las pruebas enumeradas.
Cómo presentar la acción de tutela
Paso 1: Prepara los documentos
Documentos obligatorios:
- Acción de tutela (3 copias + 1 original)
- Cédula de ciudadanía (copia)
- Derecho de petición con radicado (copia)
- Pruebas que demuestren la vulneración
Documentos opcionales pero recomendados:
- Respuesta evasiva (si la dieron)
- Comunicaciones adicionales
- Pruebas de perjuicios
- Cálculo de términos
Paso 2: Identifica el juez competente
Para tutelas contra entidades públicas:
- Juzgados Civiles Municipales: Primera opción
- Juzgados Administrativos: Si existe en tu ciudad
- Juzgados Promiscuos Municipales: En municipios sin juzgados civiles
Criterio territorial:
- Juez del lugar donde ocurrió la vulneración
- Juez del domicilio del accionado
- Juez del domicilio del accionante (última opción)
Paso 3: Radica la tutela
Presencialmente:
- Acude al reparto de tutelas del juzgado
- Presenta original y copias
- Exige radicado con fecha y hora
- Conserva el radicado
Por correo certificado:
- Algunos juzgados lo permiten
- Verifica previamente la posibilidad
- Conserva comprobante de envío
Paso 4: Seguimiento
Términos del proceso:
- 10 días: Plazo máximo para fallar (puede ser antes)
- 48 horas: Si hay inminente amenaza o vulneración grave
- El juez puede fallar sin vincular al accionado si el caso es evidente
Actuaciones posibles:
- El juez puede pedir informes al accionado
- Puede realizar inspecciones
- Puede decretar pruebas adicionales
- Puede fallar inmediatamente
¿Qué pasa después de presentar la tutela?
Escenario 1: Tutela concedida
El juez ordena:
- Responder el derecho de petición en 48 horas
- Respuesta de fondo sobre lo solicitado
- Advertencia de desacato por incumplimiento
Tus siguientes pasos:
- Espera la respuesta de la entidad
- Si no responden, solicita incidente de desacato
- Si responden, evalúa si es de fondo
Escenario 2: Tutela negada
Razones comunes:
- Consideran que sí hubo respuesta
- Estiman que no se vulneró el derecho
- Encuentran otro medio de defensa
Tus opciones:
- Impugnación: Tienes 3 días para impugnar
- El caso sube a segunda instancia
- Argumenta por qué debe ser revocado el fallo
Escenario 3: Tutela improcedente
Razones:
- No se agotó el término de 15 días
- Existe otro medio de defensa eficaz
- Falta inmediatez
Acción:
- Corrige el problema identificado
- Presenta nueva tutela si procede
- O acude al medio alternativo señalado
Incidente de desacato
Si la entidad NO cumple lo ordenado en la tutela:
Dentro de los 3 días siguientes al incumplimiento:
- Presenta escrito solicitando desacato
- Indica fecha del fallo de tutela
- Señala qué se ordenó
- Demuestra que no se cumplió
Sanciones por desacato:
- Arresto hasta 6 meses
- Multa hasta 20 salarios mínimos
- Se impone al representante legal o funcionario responsable
Preguntas frecuentes
¿Necesito abogado para presentar tutela?
No es obligatorio, pero es recomendable en casos complejos.
¿Cuánto cuesta presentar una tutela?
La tutela es gratuita, no tiene costo alguno.
¿Cuánto tiempo demora el proceso?
Máximo 10 días, pero puede ser más rápido.
¿Puedo presentar tutela si ya me respondieron pero evasivamente?
Sí, las respuestas evasivas también vulneran el derecho de petición.
¿Qué pasa si la entidad responde después de presentar la tutela?
El juez evaluará si la respuesta es oportuna y de fondo, o si ya es extemporánea.
¿Puedo presentar tutela por varios derechos de petición?
Sí, pero es mejor una tutela por cada derecho de petición no respondido.
¿Hay término para presentar la tutela?
Sí, debe ser dentro de un plazo razonable (máximo 6 meses después del vencimiento).
Errores comunes al presentar tutela
❌ Presentarla antes de los 15 días: Espera a que venza el término legal.
❌ No tener radicado del derecho de petición: Es indispensable demostrar que lo presentaste.
❌ Dejar pasar mucho tiempo: La inmediatez es importante, no esperes años.
❌ No describir los perjuicios: Explica cómo te afecta la falta de respuesta.
❌ No llevar copias suficientes: Lleva original + 3 copias.
❌ Tutela muy extensa sin fundamento: Sé claro y conciso, pero fundamentado.
❌ No hacer seguimiento: Verifica el estado del proceso regularmente.
Recomendaciones finales
Documenta todo: Guarda radicados, capturas de pantalla, correos, todo sirve como prueba.
Cuenta bien los días hábiles: Solo lunes a viernes, excluyendo festivos.
Sé específico en los perjuicios: Explica claramente cómo te afecta la falta de respuesta.
Presenta pruebas: No basta con afirmar, debes demostrar.
Actúa con inmediatez: No dejes pasar meses innecesarios.
Conserva el radicado de tutela: Es tu comprobante para todo seguimiento.
Sigue el proceso: No abandones el trámite, haz seguimiento constante.
El derecho de petición no es una simple cortesía de las autoridades hacia los ciudadanos, es un derecho fundamental que debe ser respetado. Cuando una entidad ignora tus solicitudes o da respuestas evasivas, está vulnerando tus derechos constitucionales.
La acción de tutela es tu herramienta para exigir que se respeten tus derechos. No tengas temor de ejercerla cuando sea necesario. Es un mecanismo ágil, gratuito y efectivo.
En FullCarro.com queremos que conozcas y ejerzas todos tus derechos. Si presentaste un derecho de petición sobre tu comparendo y no te han respondido, ahora sabes cómo actuar.
Nota legal: Este artículo tiene fines informativos y educativos. No constituye asesoría legal personalizada. Para casos complejos se recomienda consultar con un abogado especializado. La acción de tutela debe usarse de buena fe y solo cuando efectivamente se vulneren derechos fundamentales.